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Mostrando entradas de marzo 2, 2024

Análisis de las ordenanzas. Las medidas.

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  Las medidas Medir no es más que comparar algo cuantificable respecto a una unidad de la magnitud de lo que pretendemos medir. Como magnitudes medibles y recogidas en las ordenanzas tenemos unidades de longitud, capacidad, masa y superficie. Las de tiempo no las voy a tratar porque, excepto por las referencias al calendario, no presentan dudas o son las mismas que las actuales. El sistema de referencia de medidas en Jerte era el de Castilla. Tanto la longitud como la capacidad respetaban esas cantidades. Hay referencias al uso de las mismas en el marco del pote de Ávila para los líquidos, o del cazo de Ávila para los cereales. La masa. Unidades de peso. Habitualmente confundimos masa y peso. Y la verdad que para la época de 1564 no tenía importancia en el día a día. De hecho, se habla de  medidas de peso . Era obligatorio por parte del concejo tenerlas y que fueran fieles a la medida que representaban. La pena por no tenerlas y falsarlas era elevada. Incluso existía l...

Análisis de las ordenanzas. El lenguaje.

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  Lenguaje   Algunos conceptos para comprender las ordenanzas de 1564 y su contexto. (Primera página del manuscrito de las Ordenanzas de 1564, transcrito a principios del XVII) 1.      El lenguaje del documento. El lenguaje utilizado en el documento difiere en varios aspectos del que usamos actualmente. La grafía y el vocabulario, a veces dudoso, podéis disfrutarlo en las páginas que he subido en esta entrada. Si fuera necesario puedes consultar la tabla general de la transcripción de cada letra o abreviatura. Para facilitar la lectura de las ordenanzas me he permitido hacer algún giro en la transcripción, actualizando la forma y respetando en lo posible el contenido y su sentido. Una de las primeras observaciones que se puede apreciar son las formas repetitivas que contienen muchos de los capítulos en los que están divididas las ordenanzas y que pueden parecer excesivas. Entre ellas hay que destacar: ·        ...

Análisis de las ordenanzas. El concejo.

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  El concejo.   El concejo como unidad organizativa municipal básica. 1564. Leer las ordenanzas de 1564 supone adentrarse en cómo se organizaba y articulaba la sociedad y el territorio en ese tiempo. Concretamente en nuestro pueblo y en la Tierra de Plasencia a la que pertenecía. Y por extensión a Castilla. Son nociones sencillas que permiten comprender, en su justa medida, el limitado alcance de estas normas a nivel general pero tan importantes o cercanas para nosotros. El concejo de Jerte, en 1564, es una unidad legal y organizativa dependiente de la ciudad de Plasencia como cabeza de todo el territorio de la Tierra de Plasencia, es decir su sexmo. Dentro de los niveles de importancia ocupa casi la última posición. En el orden de ciudad, villa, lugar, aldea. Plasencia, como cabeza, administra justicia, nombra o aprueba cargos esenciales para la gestión del pueblo, ratifica, o manda corregir, las ordenanzas del lugar… Y no sólo en el sentido civil o criminal. También ...

Análisis de las ordenanzas. Cargos, oficios y obligados del concejo.

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  Cargos, oficios y obligados del concejo.   En las ordenanzas quedan definidos los oficios relacionados con el funcionamiento del concejo. A groso modo podríamos agruparlos en tres o cuatro categorías, siempre contando que una persona podría asumir más de una función y en años diferentes desempeñar distintos cargos. 1.      Cargos concejiles.  Se trataría de la “ justicia ” del concejo y en su cabeza los  dos alcaldes ordinarios  que se elegían anualmente a principio de año. Son los máximos representantes del pueblo, asumiendo una jurisdicción civil y criminal ordinaria, limitada. Posiblemente de hasta 600 maravedíes. En cuanto el delito o la falta es más grave se deriva a Plasencia para que sea valorada o ejecutada por el alcalde mayor de esa ciudad. Tienen sueldo asignado del concejo, 150 maravedíes. Llevan por algunos actos que realizan una compensación por su tiempo y su trabajo: hacer partición de bienes, velar por la curadurí...